Blog de Manuel Saravia

El TSJ avala el nuevo PGOU de Valladolid

(Actualización del hilo 38: Defensa del PGOU)

La sentencia del pasado 8 de marzo supone un aval de la tramitación municipal del nuevo PGOU de Valladolid 2020. Se comentó que había dos recursos que lo rechazaban por completo, y pedían declarar su nulidad total. Pues bien, el primero de ellos, que fue presentado por las empresas Metrovacesa y Vía Célere, ya se ha resuelto. Ha sido desestimado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en su “pretensión principal”: anular el Plan “en su totalidad”.

Alegaban cuatro supuestas razones. La primera, reprochaban que se hubiese mantenido el Avance expuesto en 2012 para que así la tramitación no se alargase innecesariamente. El TSJ entiende, como también lo veía así el Ayuntamiento que, “legítimamente” la nueva Corporación salida de las urnas en 2015 estableció otros criterios diferentes a los del anterior gobierno municipal, pero que aún con esa nueva formulación de criterios “no era necesario un nuevo Avance”.

La segunda, que, según los recurrentes, la “evaluación ambiental estratégica” realizada tampoco era conforme a la ley. Pero el expediente de evaluación ambiental remitido por el Ayuntamiento a la Junta de Castilla y León se informó favorablemente, y el TSJ desestima también ese motivo de impugnación.

La tercera razón (supuesta razón, pues todas son exageradamente forzadas) se refiere a la (supuesta) vulneración de la Ley de Procedimiento Administrativo. Pero el TSJ es una vez más muy contundente: tal Ley no se aplica a los procedimientos regulados en leyes especiales, como la urbanística. “El procedimiento de elaboración de los planes urbanísticos se contiene en la legislación urbanística, lo que ha sido respetado en la tramitación y aprobación” del PGOU de Valladolid.

Y la cuarta “razón” para anular el PGOU se refiere al Estudio Económico. Aluden los recurrentes a una sentencia sobre la Comunidad de Madrid que no tiene nada que ver con nuestro caso. Pero es que además no se requiere (solo faltaba) que el estudio económico presente “una cuenta analística exhaustiva” (parece que están de broma los recurrentes), sino fundamentar “la previsión lógica y ponderada que garantice la real posibilidad de su realización”, como se dice en la sentencia. Lo que ciertamente se da.

De manera que el TSJ rechaza por completo y drásticamente la pretensión de que el nuevo PGOU se haya tramitado al margen de la ley. Y aún más. Niega la pretensión de los recurrentes “acerca de un pronunciamiento sobre el funcionamiento anormal de las Administraciones demandadas”. Para entendernos: en el recurso se quiere plantear, con esa pretendido pronunciamiento, una futura “reclamación de responsabilidad patrimonial”. Y aquí no queda más remedio que recordar de dónde viene el conflicto de Metrovacesa y Vía Célere. Les parece poco lo que ya sacaron. Madre mía.

Porque estamos hablando, en este recurso (que se refiere al PGOU en su conjunto, pero a los suelos próximos a la Azucarera Santa Victoria en lo concreto) de las consecuencias de la ordenación fraudulenta de las parcelas de Piensos Cia y de la Azucarera Santa Victoria, donde se construyeron «236 viviendas que excedían de lo legalmente permitido«. Eso sí: al parecer la ciudad les debe, todavía, una enorme “responsabilidad patrimonial”. Repito: madre mía.

(Imagen: “Vista aérea del centro de Valladolid”, de Alberto Mingueza, 14 de diciembre 2020, procedente de www.elnortedecastilla.es/Valladolid)


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